El Ministro de Hacienda de los Países Bajos firmó el Decreto sobre el Impuesto sobre la Renta: como resultado, se modificó la legislación fiscal con respecto a las donaciones periódicas. Este decisión modifica el Decreto de 19 de diciembre de 2014 N° BLKB2014/1415M.
Se han añadido dos nuevas partes al Decreto:
- Parte 2.6, en que establece que en el caso de que se realicen donaciones periódicas durante 5 años consecutivos, no importa en qué momento vence el pago en años naturales, ya que dichas donaciones no pueden dar lugar a deducciones fiscales ilegales. Sujeto a todas las reglas, el donante tiene derecho a la deducción fiscal establecida.
- Parte 2.7, en que se refiere a la posibilidad de remitir a la sentencia del Tribunal Supremo de los Países Bajos de 7 de octubre de 2022.
El tribunal se pronunció sobre las donaciones regulares de los cónyuges y determinó que las donaciones regulares en virtud de un contrato conjunto de cónyuges cesan después de la muerte del último de ellos. Además, el tribunal dictaminó que la Ley del Impuesto sobre la Renta de 2001 no requiere el reconocimiento de solo las donaciones que dependen de una sola vida. Por tanto, los contratos de donación matrimonial, a pesar de que son de alto riesgo, deben tributar con carácter general. De acuerdo con esta decisión judicial, para todos los contratos de donación matrimonial celebrados antes del 7 de octubre de 2022, se prevé la deducción fiscal para los años hasta 2022 inclusive como "otras donaciones", y para los años posteriores a esa fecha -como "donaciones regulares ".
Los cambios a la legislación entraron en vigor el 14 de abril de 2023.
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